Informe sobre solicitud del Juez de San Juan Bautista (apoyada por el Sub-Prefecto) sobre mandar levantar el plano de la población &c: remite los oficios del Sub-Prefecto de San Juan; respecto á lo que dice de que la Ex-Misión fue declarada pueblo en tal tiempo, es cierto, y es cabecera del 1er Distrito desde 1837 hasta abril 1841, que fue cambiada por disposición de Alvarado, pero siempre quedó considerada como pueblo, se concedieron solares á vecinos quienes han elegido sus alcaldes cada año; habiendo un Sub-Prefecto y Alcaldes, es preciso que se les señale local pª oficinas y cárcel, fondos pª gastos indispensables, y así se corregirán los desórdenes; hay muchas familias radicadas y por su localidad debe ser pronto punto de importancia, más si se siguen descubriendo placeres al Sur; respecto al plano, no habiendo fondos, sólo pueden hacerlo vendiendo solares. [Enclosed — Julián Urzúa, Alcalde 1º de San Juan Bautista, al Sub-Prefecto, 30 Sept 1849:] 'más de 12 años han transcurrido desde que la Ex-Misión fue declarada pueblo, y en este tiempo lejos de prosperar cada día es más notable su retroceso, y más cuando se han destruido las casas de la Misión pª sacar mezquino provecho de sus materiales; cuando las Misiones y sus pingües productos se aplicaban al fin de su institución, era floreciente su estado; eran ellas las que sostenían al país, atrayendo el comercio, fomentando la agricultura, y protegiendo las artes; pero después estas ricas fincas se consideraron patrimonio de los que las administraban… la institución de las Misiones tuvo por objeto la propagación de la fe, principalmente entre los indios salvajes que formaban la población de él; pero como ha de mantenerlos sujetos, era preciso proporcionarse recursos entre ellos mismos, á la vez que los instruían los dedicaban al trabajo; y aunque se consideró que los Padres tenían facultad para tomar de estos caudales lo necesario pª el culto, jamás dejó de creerse que el todo era propiedad pública, lo que fue confirmado por la ley de Secularización… el pueblo entró en posesión de sus derechos'; 5 recomendaciones: 1º levantar plano y conceder solares pª fondos municipales; 2º no hacer concesión de terrenos ocupados por la Iglesia ó por particulares hasta que lo resuelva una comisión; 3º dejar al sacerdote casa-habitación, las demás fincas de la Iglesia depositadas en persona nombrada por el Gob.; 4º destinar una pieza pª Juzgado, otra pª Calabozo, otra pª Escuela; 5º declarar nulo el contrato de arrendamiento de estas fincas hecho por el Padre
| Date | 1849-10-15 (exact) |
|---|---|
| From | David Spence (Prefecto del Distrito) |
| To | Srio del Despacho |
| Place | Monterey |
| Series | Miscellaneous / Unbound Documents |
| Tomo | Unbound |
| Original tomo page | — |
| Savage copy page | 182 |
| Scan leaf | n182–186 |
| Document type | abstract |
| Source | Savage abstract |
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David Spence (Prefecto del Distrito) to Srio del Despacho, Monterey, 1849-10-15, Miscellaneous / Unbound Documents, Unbound, —, Archives of California, C-A 63, Bancroft Library, University of California, Berkeley.Cite the document by series, tomo and original tomo page, as the literature does; the C-A number locates it in the repository. To cite this catalogue entry itself, use https://archivesofcalifornia.com/record/ca63/ca63-d284.html